En una decisión que genera un inmediato impacto en la economía de los conductores de nuestra ciudad y de todo el país, el Gobierno nacional dispuso postergar de manera temporal la aplicación de los incrementos remanentes en los tributos que gravan a los combustibles líquidos. La medida, oficializada mediante la publicación del Decreto 405/2026 en el Boletín Oficial, establece un freno a las subas impositivas que debían entrar en vigencia a partir de este mes, otorgando un respiro en los surtidores locales.
La normativa alcanza de forma directa a la nafta sin plomo, la nafta virgen y el gasoil. De esta manera, el esquema de actualización fiscal que venía retrasado se mantendrá congelado durante las próximas semanas, postergando cualquier reajuste por este concepto específico hasta el próximo 1 de julio de 2026 inclusive.
Modificaciones normativas y el índice de precios bajo la lupa del INDEC
El nuevo decreto introduce una reforma técnica sobre el esquema que se encontraba viejo, modificando lo establecido previamente en el Decreto 617/2025. A través de este mecanismo legal, las autoridades nacionales extendieron el diferimiento de los aumentos derivados de las actualizaciones fiscales correspondientes a los años calendario 2024 y 2025, sumando además a esta prórroga los valores vinculados al primer trimestre del corriente año 2026.
Es importante recordar que, de acuerdo con el marco regulatorio del sector, los montos de los impuestos sobre los combustibles líquidos (ICL) y al dióxido de carbono (IDC) deben actualizarse de manera periódica y obligatoria. Este cálculo se ejecuta tomando como referencia técnica las variaciones del Índice de Precios al Consumidor (IPC) que elabora el Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). Con la postergación actual, el impacto acumulado de los últimos dos años y del primer trimestre de 2026 se unificará para surtir efectos de forma directa recién a partir del séptimo mes del año.
El rumbo fiscal y la vigencia del beneficio durante el mes de junio
Desde los fundamentos expuestos de manera transparente en la normativa general, el Poder Ejecutivo argumentó que la postergación de la carga impositiva se adoptó bajo una estrategia macroeconómica definida. El propósito central de la medida es “continuar estimulando el crecimiento de la economía a través de un sendero fiscal sostenible”, buscando mitigar el traslado directo de estos costos fijos a los precios de los productos básicos y la logística en nuestra provincia.
A fin de garantizar la consistencia legal del beneficio durante el período de transición, la nueva disposición sustituye en el texto del Decreto 617/2025 la referencia temporal que originalmente regía entre el 1 y el 31 de mayo de 2026. En su lugar, se fijó formalmente el lapso comprendido entre el 1 de mayo y el 30 de junio de 2026. La medida entra en vigencia a partir de este 1 de junio de 2026, asegurando que las pizarras de las estaciones de servicio de nuestra comunidad no sufran variaciones ligadas a este componente impositivo durante todo el mes en curso.



