La iniciativa prevé penas de hasta 20 años de prisión por explotación no autorizada de recursos en Malvinas, crea un Consejo de Seguridad Nacional y fija pautas para la protección del espacio aéreo y marítimo.
El Gobierno nacional envió a la Cámara de Diputados de la Nación el proyecto de Ley de Defensa de la Soberanía Nacional, una propuesta integral orientada a sancionar la explotación no autorizada de recursos naturales en las Islas Malvinas y la Plataforma Continental Argentina, establecer un Consejo de Seguridad Nacional y regular las facultades del Estado frente a eventuales amenazas externas. La iniciativa busca además actualizar la Ley de Defensa Nacional e incorporar herramientas legales contra la injerencia extranjera.
Sanciones por recursos en Malvinas e inhabilitación de empresas
El texto impulsado por el Poder Ejecutivo reemplaza el marco normativo previo de la Ley N.° 26.659 y amplía el régimen punitivo a cualquier tipo de aprovechamiento no autorizado de recursos renovables y no renovables en las Malvinas y sus espacios marítimos e insulares. Las penas estipuladas alcanzan hasta los 20 años de prisión, acompañadas por severas multas e inhabilitaciones que se extenderán a socios, proveedores y controlantes de las compañías infractoras. Asimismo, las firmas sancionadas quedarán imposibilitadas de operar en el país, perdiendo beneficios fiscales y contratos estatales, e incorporando la figura del juicio en ausencia para el juzgamiento de estos delitos.
Creación del Consejo de Seguridad Nacional y protocolos de defensa
En materia institucional, la normativa contempla la creación del Consejo de Seguridad Nacional, un órgano encabezado por el Presidente de la Nación e integrado por el jefe de Gabinete, los ministros de Relaciones Exteriores, Defensa y Economía, la Secretaría de Inteligencia del Estado (SIDE) y la Secretaría Legal y Técnica. Este organismo articulará la estrategia diplomática, económica, militar, de ciberseguridad e inteligencia del país, disponiendo además de facultades para bloquear temporalmente fondos o limitar operaciones financieras ante riesgos inminentes contra la seguridad interna.
Por otra parte, el proyecto fija protocolos específicos para el uso de la fuerza en la protección del espacio aéreo y marítimo frente a la detección de naves o aeronaves hostiles. El esquema establece procedimientos progresivos de advertencia, persecución e inspección, reservando la autorización del uso de la fuerza letal o el hundimiento excepcionalmente a órdenes expresas del Poder Ejecutivo.
Restricciones a la influencia extranjera y registro antiterrorista
Finalmente, la propuesta legislativa prohíbe el financiamiento o aportes de origen extranjero a partidos y campañas políticas en el territorio nacional, al tiempo que tipifica nuevos delitos asociados al espionaje, la revelación de secretos de Estado y la ejecución de campañas masivas de desinformación destinadas a manipular procesos electorales.
A su vez, la norma eleva a rango de ley el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET), reforzando los mecanismos de inmovilización de activos de organizaciones o personas vinculadas al delito transnacional.



